La CEV presenta un estudio sobre el enfoque de género en la negociación colectiva

La Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV) ha presentado hoy un resumen de las principales conclusiones del “Estudio del enfoque de género en la negociación colectiva en la Comunitat Valenciana”, realizado por la propia Confederación, en colaboración con Key Executive, en el marco del Plan para promover la igualdad de género en la negociación colectiva.

En el acto de presentación, en el que se ha contado con la participación de la vicepresidenta, portavoz y consejera de Igualdad y Política Inclusiva de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra, el presidente de la CEV, Salvador Navarro,  ha insistido en el compromiso y apuesta de las organizaciones empresariales, especialmente de la CEV, por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y el rechazo a toda forma de discriminación en cualquier ámbito y en especial en el mercado laboral.

Coincidimos todos en que la igualdad de oportunidades es un factor más de incremento de la competitividad; en que el principio de igualdad debe ser uno de los ejes conductores de las empresas y de su cultura y, por supuesto, en que, a igual trabajo igual salario. Son objetivos esenciales en nuestro sistema de garantías y en el marco de unas relaciones de trabajo protegidas por la ley y por los convenios laborales”, ha añadido.

Estudio del enfoque de género en la negociación colectiva

La CEV está convencida de que los convenios colectivos constituyen un instrumento relevante para lograr la aplicación de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres, de ahí que haya realizado, junto a Key Executive, este estudio que recoge un análisis jurídico comparado del tratamiento de la perspectiva de género en 106 convenios colectivos vigentes en la Comunitat Valenciana (18 de carácter autonómico, 14 aplicables en Castellón, 40 en Alicante y 34 en Valencia) y que incluyen a un total de 676.077 trabajadoras y trabajadores, de los cuales 416.143 son hombres y 259.934 mujeres.

En el informe se analiza el articulado de los convenios colectivos sectoriales incluyendo, por una parte, el estudio de cláusulas relacionadas con el acceso al empleo; contratación y promoción; maternidad, paternidad y salud laboral; clasificación profesional; retribución salarial; conciliación de la vida profesional, personal y familiar; extinción de la relación laboral; violencia de género; y acoso sexual y acoso por razón de sexo y, por otra, los procedimientos y medidas de promoción de la igualdad de género previstas en los convenios colectivos. Además se ha ampliado y enriquecido con un estudio cualitativo en el que se ha contado con la opinión y valoración de los actores de la negociación colectiva.

De los resultados del estudio se deduce que los interlocutores sociales han empezado a tomar conciencia de la necesidad de avanzar de manera más efectiva, junto con el apoyo de las administraciones, para que la negociación colectiva sea realmente un instrumento decisivo para lograr la igualdad plena y la no discriminación de género en las relaciones laborales.

En este sentido, y aunque es extremadamente complejo diseñar una única fórmula de implantación de medidas de igualdad para todas las empresas con carácter general, el estudio recoge las siguientes líneas de actuación:

  • Incrementar la presencia de mujeres en las mesas de negociación.
  • Mejorar la formación y capacitación de las personas representantes en las mesas negociadoras de las organizaciones empresariales y sindicales en materia de igualdad de género.
  • Desarrollar instrumentos de análisis, seguimiento y evaluación de la incorporación del enfoque de género en la negociación colectiva.
  • Promover desde la negociación colectiva la representación de los colectivos infrarrepresentados en determinados sectores masculinizados.
  • Establecer en los convenios colectivos principios programáticos generales para garantizar la igualdad por razón de género en las políticas de selección y contratación.
  • Evitar discriminaciones en la clasificación profesional y en el lenguaje utilizado para definir las categorías.
  • Establecer en los convenios un procedimiento de ascensos y cobertura de vacantes que aseguren la igualdad.
  • Favorecer la igualdad salarial entre hombres y mujeres de acuerdo con las recomendaciones incluidas en el IV AENC.
  • Fomentar la corresponsabilidad en las responsabilidades familiares y la conciliación de la vida laboral.
  • Promover desde la negociación colectiva una evaluación de riesgos laborales desde una perspectiva de género.
  • Incluir, en aquellos convenios que no exista, un protocolo de prevención y actuación en caso de acoso sexual y por razón de sexo.
  • Incorporar normativa legal en materia de violencia de género en el convenio.

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